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23 de junio 2022 / Law Tech Topics

第二季:人工智能 – 2022
BGBG 法律科技专题 

 

Como sabrán, los Non fungible tokens (NFT por su acrónimo en inglés) son aquellos criptoactivos que se basan en la tecnología blockchain (es decir son verificables) y que representan elementos físicos o digitales únicos, otorgando la titularidad sobre dichos elementos y que su valor subyacente depende de los derechos inherentes a dichos elementos, es decir, su valor no es como las criptomonedas, que dependen de un proyecto generalizado y la oferta y demanda de dicha criptomoneda, sino que su valor depende de que son únicos y que pueden traer derechos adicionales relacionados con la titularidad del NFT.

Si bien los NFTs han sido asociados casi siempre a obras o ilustraciones digitales, también es cierto que existen NFTs sobre otro tipo de elementos que no necesariamente son obras o ilustraciones.
Igualmente, es muy importante tener en cuenta que los NFTs tienen muchas implicaciones en materia de Propiedad Intelectual, ya que la forma en la que se pueden ejercer los derechos inherentes a los mismos, dependen mucho del tipo de licencia que se otorga, de donde fueron creados y que régimen jurídico les aplica y sobre todo, que es lo que se puede hacer con un NFT después de que se adquiere la titularidad de uno.

Pero lo importante a mencionar en este tema, es que los NFTs están evolucionando y están implementando tecnología de Inteligencia Artificial, ya sea para el desarrollo de un propio NFT o para la ejecución o validez de los derechos en ellos mismos. Cuando hablamos de Inteligencia Artificial y el desarrollo de un NFT, hacemos alusión a la manera en que de crea un NFT de forma autónoma al desarrollador de la Inteligencia Artificial, y en estos casos, las implicaciones, o mas bien complicaciones en materia de Propiedad Intelectual se acentúan, ya que podría no ser claro quien es el titular de dicho NFT y como se puede ejercer o transmitir la titularidad de los mismos.

Por otro lado, cuando hablamos de Inteligencia Artificial y la ejecución o validez de los derechos dentro de un NFT, nos referimos a que un NFT puede incluir un desarrollo de Inteligencia Artificial para que el titular de un NFT tenga la posibilidad de que se creen o se adapten experiencias únicas para el titular del NFT, es decir, que se proporcionen elementos al titular, posteriores a su adquisición, que irían evolucionando en la medida de que la Inteligencia Artificial recoge experiencias propias o de otros usuarios y como las haría disponibles para el titular o titulares.

Un ejemplo de lo anterior es @real_alethea, que mencionan que es “la primer construcción de un protocolo descentralizado que permitirá la creación de NFT interactivos e inteligentes (iNFT) incorporando capacidades de animación, interacción e inteligencia artificial generativa en los NFT” Con @real_alethea, cualquiera puede utilizar el protocolo iNFT para crear, entrenar y ganar con sus iNFTs en el primer metaverso inteligente del mundo conocido como Noah’s Ark.

Imágenes propiedad de @real_alethea Más sobre este tema en el whitepapaer https://alethea.gitbook.io/alethea-ai-whitepaper/technical-details/inft-protocol

En BGBG hemos asesorado a creadores de NFTs y hemos ayudado a otras empresas a desarrollar modelos de negocios en los que la tecnología blockchain ha sido aquella que impulsa dicho modelo de negocio, ya sea para la validez y comprobación de transacciones, así como otros modelos en donde se ayuda el uso e intercambio de criptomonedas.

Acércate con los abogados de BGBG y platica tus dudas y preocupaciones. Estaremos como siempre encantados de hacer equipo con los clientes y ayudarlos en sus negocios.


 

 

 

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