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Viernes de Tesis – 4 de septiembre – Semanario Judicial de la Federación

Tesis y Jurisprudencias / Litigio /  por Daniel Majewski del CastilloGuadalupe Villa FigueroaRaúl Alonso Flores Hernández y Frida Isabel Velázquez Vargas.

En #ViernesdeTesis | 4 de septiembre de 2026, el Semanario Judicial publicó 35 nuevos criterios: 8 jurisprudencias y 27 tesis aisladas.
Hemos seleccionado los más relevantes para ti, que fueron emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los Tribunales Colegiados de Circuito:

    

Tesis Resumidas

Registro digital: 2032601 / Tesis: P./J. 179/2026 (12a.)

Jurisprudencia Suprema Corte de Justicia de la Nación

En el juicio ordinario mercantil, es procedente el recurso de apelación contra la sentencia que resuelve sobre la nulidad del acuerdo de arbitraje.

Cuando la nulidad se promueve mediante juicio ordinario mercantil con fundamento en el artículo 1424, la resolución se dicta en ejercicio de la jurisdicción ordinaria y queda sujeta al régimen general de impugnación de ese procedimiento; en consecuencia, debe agotarse el recurso de apelación antes de acudir al juicio de amparo, en observancia del principio de definitividad.

Registro digital: 2032608 / Tesis: P./J. 178/2026 (12a.)

Jurisprudencia Suprema Corte de Justicia de la Nación

En el procedimiento de adopción en la etapa de acogimiento preadoptivo, es procedente conceder la suspensión para ordenar la expedición de un acta provisional de un menor de edad.

Lo anterior ya que el derecho a la identidad de las personas menores de edad exige una protección reforzada y urgente que no puede condicionarse a la sentencia definitiva. Por ello, en los juicios de amparo sobre adopciones en la etapa de acogimiento preadoptivo, la omisión de señalar al Registro Civil como autoridad responsable no debe impedir otorgar la suspensión para expedir un acta de nacimiento provisional, porque exigir tal formalidad prioriza requisitos procesales sobre el interés superior de la niñez y desnaturaliza la función protectora de la medida cautelar.

Registro digital: 2032586 / Tesis: P./J. 175/2026 (12a.)

Jurisprudencia Suprema Corte de Justicia de la Nación

Se derogan las disposiciones locales relativas al procedimiento de interdicción a partir de la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares a partir de su entrada en vigor derogó los procedimientos de interdicción que restringen la capacidad jurídica de los mayores de edad. Esta derogación opera de inmediato y no está sujeta a la implementación gradual del Código en los estados. Sostener lo contrario, bajo el argumento de que los códigos locales siguen vigentes mantendría una figura incompatible con el modelo social de discapacidad y con la intención del legislador de eliminar los regímenes de sustitución de voluntad.

Registro digital: 2032590 y 2032591 / Tesis: I.20o.A.69 A (12a.) y I.20o.A.68 A (12a.)

Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito

En el derecho marcario, el principio de especialidad debe aplicarse conforme al contexto tecnológico existente al momento del otorgamiento del registro.

El principio de especialidad no debe aplicarse de forma estática frente a la evolución tecnológica, puesto que las nuevas categorías, como «el software descargable», no se entienden incluidas automáticamente en denominaciones genéricas pasadas, ni la similitud de productos puede determinarse a partir de un uso aislado o su mera compatibilidad técnica. El análisis debe atender al contexto tecnológico del registro y a la configuración actual del mercado, evitando extensiones indebidas del derecho exclusivo.

Registro digital: 2032602 / Tesis: IV.2o.A.5 K (12a.)

Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito

Es procedente el recurso de reclamación contra la omisión de proveer un escrito o promoción por parte de la Presidencia del Tribunal Colegiado de Circuito.

El recurso de reclamación previsto en la Ley de Amparo no solo procede contra acuerdos de trámite positivos emitidos por la Presidencia de un Tribunal Colegiado de Circuito, sino también frente a sus omisiones de proveer sobre una promoción o escrito. Limitarlo vulneraría el derecho a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y al acceso a una justicia pronta (artículo 17 constitucional).

Registro digital: 2032604 / Tesis: I.5o.A.7 A (12a.)

Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito

La falta de elementos probatorios para cuantificar o individualizar el daño moral por su actividad irregular no da lugar a negar su reconocimiento respecto de la responsabilidad patrimonial del Estado.

El análisis del daño moral comprende dos momentos distintos: (i) determinar su existencia, la cual se acredita mediante presunciones o evidencias y no debe negarse por falta de pruebas sobre el monto y; (ii) su cuantificación económica. Por lo tanto, si el órgano jurisdiccional considera que faltan elementos para fijar la indemnización, el juzgador debe conservar la condena y diferir su cálculo al incidente de liquidación.

Registro digital: 2032606 y 2032607 / Tesis: I.20o.A.65 A (12a.) y I.20o.A.64 A (12a.)

Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito

Es improcedente la suspensión definitiva en el juicio de amparo indirecto relacionado con el bloqueo de cuentas bancarias por parte de la UIF cuando de los informes de las autoridades se adviertan indicios de operaciones relacionadas con posibles fraudes.

Al resolver la suspensión en el amparo, el juez debe ponderar la apariencia del buen derecho frente al orden público. Si de las constancias se advierte que los recursos provienen de operaciones financieras irregulares o de procedencia ilícita vinculadas a una sociedad financiera popular (SOFIPO) intervenida, otorgar la medida para disponer del dinero comprometería el sistema financiero y los intereses de las personas ahorradoras, por lo que debe negarse al actualizarse una afectación al orden público.

Publicación preparada  por Daniel Majewski del CastilloGuadalupe Villa FigueroaRaúl Alonso Flores Hernández y Frida Isabel Velázquez Vargas.