Tesis y Jurisprudencias / Litigio / por Daniel Majewski del Castillo, Guadalupe Villa Figueroa y Raúl Alonso Flores Hernández.
En #ViernesdeTesis | 7 de agosto de 2026, el Semanario Judicial publicó 30 nuevos criterios: 8 jurisprudencias y 26 tesis aisladas.
Hemos seleccionado los más relevantes para ti, que fueron emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Tribunales Colegiados de Circuito y de los Plenos Regionales de Circuito:
Tesis Resumidas
Registro digital: 2032457 / Tesis: PR.A.C.CN. J/44 A (12a.)
Jurisprudencia Plenos Regionales
El pago de una multa de tránsito declarada nula en Guanajuato constituye un pago de lo indebido, por lo que la autoridad fiscal debe devolver el monto junto con sus respectivos intereses desde la fecha en que se efectuó.
Los intereses fiscales con motivo de la devolución de contribuciones son de naturaleza moratoria e indemnizan al contribuyente por el retraso del fisco. Estos proceden, entre otros supuestos, cuando un crédito fiscal como una multa es declarada nula en juicio, convirtiéndose en un pago de lo indebido y, por lo tanto, la autoridad fiscal está obligada a devolver el monto pagado junto con los intereses generados desde la fecha en que se realizó el entero hasta su devolución efectiva.
Registro digital: 2032445 / Tesis: I.10o.C.17 C (12a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
La propiedad de un bien inmueble adjudicado en un juicio sucesorio se constituye mediante la resolución judicial de partición y adjudicación, por lo que la escritura pública no es indispensable para acreditarla.
En materia sucesoria, la transmisión de la propiedad de un inmueble se perfecciona con la resolución judicial que aprueba la partición y adjudicación y no con su posterior formalización mediante escritura pública, la cual solo tiene como fin dar publicidad frente a terceros. Por lo tanto, exigir la escritura pública como requisito para acreditar la propiedad impone una restricción injustificada, siendo suficientes las actuaciones judiciales para demostrar la titularidad del heredero.
Registro digital: 2032449 / Tesis: 2032449
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Las controversias de arrendamiento relativas a bienes inmuebles con propósito de especulación comercial deben tramitarse en la vía oral mercantil.
Las controversias derivadas del arrendamiento de inmuebles con propósito de especulación comercial proceden en la vía oral mercantil. En ese orden, ante la ausencia de un procedimiento específico previsto en el Código de Comercio (cuyas excepciones deben interpretarse restrictivamente), se aplica supletoriamente lo dispuesto por el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares para garantizar la celeridad y la armonización procesal a nivel nacional.
Registro digital: 2032455 / Tesis: XVII.1o.P.A.10 A (12a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Las instituciones educativas públicas que brindan servicios educativos a personas menores de edad, están obligadas a prestarlos en un ambiente seguro, garantizando sus condiciones de salud.
Conforme al principio de interés superior de la niñez, que exige medidas de protección reforzadas a las autoridades estatales, las escuelas deben ofrecer un ambiente seguro y estimulante que garantice el cuidado de la salud de las niñas y los niños durante el horario escolar, constituyendo una base fundamental para ejercer los derechos a la dignidad, integridad y educación.
Registro digital: 2032458 / Tesis: XVII.1o.P.A.10 A (12a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Para que opere la subrogación por ministerio de ley en los derechos del acreedor, deben cumplirse los requisitos establecidos en las disposiciones relativas del Código Civil Federal
El denominado mutuo subrogatorio o subrogación ex mutuo, cuyos requisitos son los siguientes: 1) la demostración de que la deuda fue pagada por el deudor con dinero que un tercero –nuevo prestamista– le prestó con ese objeto; 2) que el préstamo conste en título auténtico, es decir, en escritura pública; y 3) que en el documento se exprese que el fin del contrato de mutuo es cubrir la deuda del mutuatario.
Al respecto, la falta de cualquiera de los requisitos anteriormente mencionados y previstos en el Código Civil Federal trae como consecuencia que no opere la subrogación por ministerio de ley.
Registro digital: 2032460 y 2032459 / Tesis: I.20o.A.67 A (12a.) y I.20o.A.66 A (12a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
La Secretaría de Relaciones Exteriores, deberá expedir el pasaporte provisional para menores en acogimiento preadoptivo, evitando restricciones a sus derechos a la identidad y movilidad siempre que no exista riesgo de sustracción.
El acta de nacimiento provisional es un documento idóneo para acreditar la identidad y situación jurídica de un menor en acogimiento preadoptivo, por lo que negar su pasaporte por falta de filiación formal vulnera sus derechos fundamentales a la identidad, movilidad y convivencia familiar. Ante esto, la Secretaría de Relaciones Exteriores y las autoridades deben interpretar las normas bajo el interés superior de la niñez y el principio pro persona, evitando formalismos excesivos y priorizando la realidad familiar sobre enfoques adultocéntricos. Asimismo, los tribunales pueden ordenar la expedición de un pasaporte provisional de vigencia temporal, siempre y cuando se implementen medidas razonables de seguridad, como el control del itinerario, mecanismos de localización y garantía de retorno, para equilibrar el ejercicio de sus derechos con la prevención de cualquier riesgo de sustracción o peligro a su integridad.
Registro digital: 2032461 / Tesis: I.4o.T.11 L (12a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
La condena a la inscripción y pago de aportaciones de seguridad social de una trabajadora del hogar debe acotarse a partir del 2 de julio de 2021.
De las disposiciones sobre el programa piloto para la incorporación de las personas trabajadoras del hogar al régimen obligatorio del seguro social y sus transitorios se advierte que, tras concluir el periodo de 18 meses (el 2 de enero de 2021) y el plazo adicional de 6 meses (el 2 de julio de ese mismo año), la vigencia obligatoria de inscripción al régimen formal de aseguramiento corre a partir de esta última fecha.
Registro digital: 2032468 / Tesis: I.12o.C.2 C (12a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
La reconvención es proceden en el incidente de guarda y custodia y Alimentos derivado del juicio de divorcio sin expresión de causa en la Ciudad de México.
Los juicios de divorcio sin expresión de causa son procedimientos sumarios regidos por los principios de celeridad y economía procesal, donde por regla general la reconvención no se admite para evitar retrasos; sin embargo, al admitir reglas compatibles del juicio ordinario, la interpretación de los códigos aplicables permite concluir que, ante la falta de convenio sobre la propuesta y contrapropuesta de guarda, custodia y alimentos, las partes pueden ampliar o modificar sus pretensiones sobre las consecuencias del divorcio mediante la reconvención correspondiente, ofreciendo incluso nuevos elementos probatorios.
Registro digital: 2032474 / Tesis: III.7o.A.6 A (12a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Es improcedente la suspensión provisional en el juicio de amparo indirecto contra la inclusión en la lista de personas bloqueadas que emite la UIF, cuando obedece a la porción normativa aplicable de la Ley de Instituciones de Crédito.
La inclusión en la lista de personas bloqueadas prevista en la Ley de Instituciones de Crédito, constituye el dato más objetivo para determinar la improcedencia de la medida cautelar y negar la suspensión provisional, ya que demuestra que el bloqueo de cuentas bancarias deriva de las facultades para prevenir el lavado de dinero y evitar la dispersión de recursos de aparente procedencia ilícita, sin que sea necesario acreditar previamente la comisión de un delito.
Registro digital: 2032475 / Tesis: XVII.1o.P.A.7 A (12a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Es procedente la suspensión provisional en el juicio de amparo indirecto con efectos restitutorios anticipados contra la omisión de dar respuesta a la inclusión al Programa Pensión para el Bienestar para personas con discapacidad permanente.
La falta de respuesta de autoridad a la solicitud de pensión por discapacidad vulnera derechos fundamentales previstos en nuestra Constitución y deja a la persona en estado de indefensión al retrasar posible pago. Sin prejuzgar sobre fondo del asunto y por existir apariencia de buen derecho, se debe conceder la suspensión provisional a fin de obligar a autoridad a emitir resolución en plazo de 24 horas. Dicha medida ordena analizar petición y anexos conforme a reglas de operación y, de resultar procedente, realizar pago inmediato de pensión de manera retroactiva a fecha de solicitud.
Publicación preparada por Daniel Majewski del Castillo, Guadalupe Villa Figueroa y Raúl Alonso Flores Hernández.


