1. Introducción
En la era digital actual, la gestión de los datos personales es un pilar fundamental para la confianza y la legitimidad empresarial. El consentimiento informado y verificable se erige como la base legal indispensable para el tratamiento lícito de esta información. En México, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) establece los cimientos legales para la obtención y gestión del consentimiento. Paralelamente, a nivel internacional, estándares como ISO/IEC 27701 y la reciente ISO/IEC TS 27560 complementan y robustecen este marco. Este artículo busca analizar la convergencia de estas normativas y proponer prácticas recomendadas para una gestión robusta y eficiente del consentimiento.
2. Fundamento Legal y Normativo
Para entender la importancia de armonizar estos marcos, es esencial analizar sus fundamentos individuales y las especificidades que cada uno aporta a la gestión del consentimiento.
2.1. LFPDPPP: El Marco Legal Mexicano
La LFPDPPP es la piedra angular de la protección de datos personales en México para el sector privado. En lo que respecta al consentimiento, esta ley es clara y exigente:
- Requisito previo y verificable: Establece que, salvo excepciones muy específicas, el tratamiento de datos personales requiere el consentimiento de su titular. Este consentimiento debe ser informado, libre, específico y verificable, lo que implica que las organizaciones deben poder demostrar que fue obtenido de manera lícita.
- Información: Impone la obligación de contar con un Aviso de Privacidad que informe al titular sobre la identidad del responsable, las finalidades del tratamiento, las opciones y medios para limitar el uso o divulgación de sus datos y para ejercer sus derechos ARCO. La claridad y la accesibilidad de este aviso son clave para un consentimiento informado.
- Medidas de seguridad y documentación de cumplimiento: La LFPDPPP exige la implementación de medidas de seguridad administrativas, físicas y técnicas para proteger los datos personales. Además, el responsable debe documentar y evidenciar el cumplimiento de sus obligaciones, lo que incluye la gestión adecuada de los registros de consentimiento.
2.2. ISO/IEC 27701: La Gestión de la Privacidad
La ISO/IEC 27701:2019 no es una ley, sino una norma internacional que proporciona un marco de gestión de la privacidad de la información (PIMS), extendiendo los requisitos de la ISO/IEC 27001 (Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información, SGSI). Esta norma prevé:
- Controles específicos de privacidad: Añade un conjunto de controles detallados orientados al consentimiento.
- Definición de roles y responsabilidades: La norma enfatiza la importancia de establecer roles y responsabilidades claros dentro de la organización en relación con la protección de datos personales, lo que incluye a los encargados de la obtención y gestión del consentimiento.
2.3. ISO/IEC TS 27560: La Estructura del Consentimiento
La ISO/IEC TS 27560:2023 es una especificación técnica que se centra en la estructura informacional de los registros de consentimiento y los recibos emitidos al titular. Su objetivo principal es mejorar la interoperabilidad y la trazabilidad del consentimiento a través de un formato estandarizado.
- Mejora de la trazabilidad y la interoperabilidad: Al estandarizar la estructura del registro, se facilita el intercambio de información de consentimiento entre diferentes sistemas y organizaciones, lo que es crucial en ecosistemas donde interactúen múltiples empresas. También permite una auditoría más eficiente y una mejor demostración del cumplimiento.
Continúa leyendo en la segunda parte de este artículo, donde exploraremos las sinergias entre estos marcos y las recomendaciones prácticas para su implementación.


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