Esta semana se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley Federal de Competencia Económica, la cual marca un cambio en el marco institucional y regulatorio del país.
Entre los ajustes más trascendentes se encuentra la creación de una nueva autoridad: la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA), que reemplazará tanto a la Comisión Federal de Competencia Económica (COFEC) como al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en materia de competencia económica en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.
Este nuevo organismo será un organismos público descentralizado, el cual contará con autonomía técnica y operativa, y estará sectorizado a la Secretaría de Economía.
Su estructura estará conformada por un Pleno de cinco Comisionados designados por el Ejecutivo Federal y ratificados por el Senado, así como una Unidad Investigadora encargada de los procedimientos de investigación.
Los cambios más importantes de la reforma son los siguientes:
- Una nueva autoridad con mayores atribuciones:
- La CNA centraliza la vigilancia del cumplimiento de la LFCE en todos los sectores, incluidos telecomunicaciones y radiodifusión.
- La extinción de la COFECE y el IFT será efectiva al día siguiente de que el Senado ratifique a las personas comisionadas que integrarán el nuevo Pleno.
- Modificaciones en materia de concentraciones económicas:
- Se disminuyen los umbrales que determinan la obligación de notificar una concentración. Los nuevos umbrales establecidos son los siguientes:
- Si el valor total de la operación en México es mayor a 16 millones de veces el valor diario de la UMA.
- Si se adquiere el 30% o más de los activos o acciones de una empresa con ventas o activos en México que superen 16 millones de veces el valor diario de la UMA.
- Si se acumulan activos o capital social en México mayores a 7.4 millones de veces el valor diario de la UMA, y participan dos o más empresas con ventas o activos en México que, en conjunto, excedan 40 millones de veces el valor diario de la UMA.
- Ahora la Comisión Nacional Antimonopolio podrá investigar operaciones no notificadas hasta tres años después de su realización, anteriormente era solamente un año.
- Se eliminan excepciones a la notificación de concentraciones, como aquellas para operaciones entre empresas extranjeras sin activos en México.
- Nuevas sanciones y medidas de apremio
- Se incrementan los topes de las multas por infracciones graves, con porcentajes de sanción que van desde el 8% hasta el 15% de los ingresos del infractor, dependiendo de la falta.
- Se incorporan medidas de apremio específicas, como sanciones por obstaculizar visitas de verificación o incumplir inhabilitaciones.
- Transformaciones en prácticas monopólicas
- Se amplía el concepto de cárteles para incluir acuerdos entre competidores potenciales.
- Se establece la posibilidad de inhabilitación de hasta cinco años para participar en contrataciones públicas en casos de colusión en licitaciones.
- Redefinición del programa de inmunidad y reducción de sanciones
- El acceso a beneficios se restringe con base en el momento en que se presente la solicitud.
- Sólo quien colabore desde antes del inicio de una investigación podrá acceder al beneficio total.
- En el caso de abuso de poder de mercado (prácticas relativas), ahora se valorarán tanto efectos excluyentes como efectos explotativos.
- Fortalecimiento institucional
- Se obliga a publicar el posicionamiento de cada Comisionado en las resoluciones del Pleno.
- La CNA tendrá facultades para emitir lineamientos, criterios técnicos y guías regulatorias
- Se reconoce el uso de programas de cumplimiento como atenuantes en las sanciones.
- Adición del Libro Cuarto de las Telecomunicaciones y Radiodifusión
- Se incorpora un Libro Cuarto a la Ley, mediante el cual se transfiere a la nueva autoridad las facultades en materia de competencia que anteriormente ejercía el IFT en temas relacionados con preponderancia, regulación asimétrica y propiedad cruzada.
Mientras se integra el nuevo Pleno, la COFECE continuará operando bajo el marco legal vigente. No obstante, a partir del 17 de julio de 2025, se suspenden los plazos de todas las investigaciones sustanciadas por su Autoridad Investigadora, así como las del IFT, en espera de la transición formal hacia la CNA.
Para más información puedes contactarnos a través del correo competenciaeconomica@bgbg.mx.



Viernes de Tesis – 11 de julio – Semanario Judicial de la Federación