Tesis y Jurisprudencias / Litigio / por Daniel Majewski del Castillo, Zusel Soto Vilchis, José Alejandro Krause Marún, Karla Mishelli Tapia Santos, Carla Itzel Rincón Guerrero y David Fernando Santos Mejía.
En este #ViernesdeTesis | 14 de noviembre de 2025, el Semanario Judicial publicó 49 nuevos criterios: 3 jurisprudencias y 46 tesis aisladas.
Hemos seleccionado los más relevantes para ti, que fueron emitidos por los Tribunales Colegiados de Circuito y de los Plenos Regionales de Circuito:
Tesis Resumidas
Registro digital: 2031459 / Tesis: I.4o.C.56 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
El emplazamiento es válido cuando la empresa usa oficinas equipadas de un proveedor.
La adopción de oficinas equipadas rentadas como domicilio empresarial exige una interpretación actualizada del artículo 117 del Código de Procedimientos Civiles, pues este modelo dificulta localizar a las personas morales para su emplazamiento. En este contexto, debe considerarse válido notificar a través del personal de la empresa que presta el servicio o arrienda la oficina cuando recibe o maneja la correspondencia de la demandada, ya que garantiza que la información llegue a su destino y, en caso de incumplimiento, genera responsabilidad civil para la prestadora del servicio, evitando que la persona moral quede sin protección jurídica.
Registro digital: 2031491 / Tesis: XVIII.2o.P.A.45 A (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
La fecha del registro y la firma electrónica determinan la oportunidad de la demanda.
En los juicios tramitados en el Sistema de Justicia en Línea versión 2, basta la evidencia de la firma electrónica avanzada de la promovente o de su representante para tener por presentada la demanda, conforme al derecho de acceso a la justicia y a lo previsto en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y sus lineamientos. La etapa de “integración de firmas” señalada en las guías solo sirve para generar el número de expediente y turnar el asunto a la Sala, por lo que no debe considerarse como el momento de presentación de la demanda.
Registro digital: 2031481 / Tesis: XVIII.2o.P.A.43 A (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) carece de facultades para valorar pruebas ofrecidas en sede administrativa.
El juicio contencioso administrativo solo revisa la legalidad de los actos de la autoridad y no permite al Tribunal Federal de Justicia Administrativa valorar pruebas desechadas en sede administrativa. Si la autoridad omitió admitir pruebas en el recurso de revocación y ello afecta la decisión, el Tribunal debe declarar la nulidad y ordenar que se reponga el procedimiento para admitir y valorar correctamente todos los medios de prueba y emitir una nueva resolución.
Registro digital: 2031478 / Tesis: I.4o.C.48 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
La responsabilidad de las personas juzgadoras al supervisar providencias precautorias.
El control difuso de convencionalidad obliga a todas las personas Juezas a garantizar los derechos humanos al otorgar medidas cautelares o providencias precautorias prejudiciales, cuya regulación en los artículos 1181 y 1182 del Código de Comercio es estricta por implicar una afectación relevante sin previa audiencia y sin un juicio iniciado. Por ello, la persona juzgadora tiene una responsabilidad in vigilando de asegurar que la medida se ejecute correctamente y sin exceder sus límites, y una responsabilidad in procedendo de revocarla de oficio si no se acredita la presentación oportuna de la demanda anunciada; de lo contrario, la retención de bienes carece de sustento legal y vulnera derechos humanos.
Registro digital: 2031470 / Tesis: I.4o.C.55 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
El artículo 11 de la Ley de Sistemas de Pagos no limita la nulidad de cargos no reconocidos.
El artículo 11 de la Ley de Sistemas de Pagos solo hace firmes las transferencias entre los participantes del sistema, pero no impide que los usuarios impugnen cargos no reconocidos, como confirma su propio tercer párrafo y la intención del legislador. Lo contrario permitiría a las instituciones bancarias evadir su obligación esencial de custodiar y devolver el dinero depositado, generando desconfianza y riesgo para la estabilidad financiera. Mantener la acción de nulidad de cargos no autorizados protege al usuario como contratante débil y preserva la confianza necesaria para el funcionamiento del sistema bancario y del negocio mercantil.
Registro digital: 2031445 / Tesis: I.20o.A.98 A (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Los Juzgados de Distrito deben intervenir de forma reforzada cuando un adulto mayor reclama afectaciones a sus derechos humanos.
La jurisprudencia I.20o.A. J/2 K (11a.) establece que los Jueces de Distrito deben garantizar los derechos humanos durante todo el juicio de amparo, incluso frente a hechos posteriores al acto reclamado, conforme a las pruebas aportadas por la parte quejosa. Cuando se trate de personas adultas mayores, el análisis debe considerar su edad, padecimientos y contexto de vida mediante un enfoque interseccional, obligando al juzgador a actuar activamente: ordenar investigaciones, requerir información y dictar las medidas necesarias para proteger sus derechos a la salud, integridad y vida, en cumplimiento del artículo 1º constitucional.
Registro digital: 2031446 / Tesis: I.4o.C.63 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Improcedencia del amparo indirecto frente a violaciones procesales subsanables por apelación.
Para que proceda la improcedencia del amparo indirecto, es necesario que la parte quejosa haya interpuesto un recurso ordinario de defensa contra el acto reclamado, que este recurso haya sido admitido y esté en trámite al resolverse el amparo, y que sea idóneo para dejar sin efecto dicho acto. En este sentido, la apelación cumple con estos requisitos, ya que permite analizar todas las violaciones procesales de primera instancia, incluida la falta de llamamiento a juicio, y al notificarse al tercero, éste queda vinculado por la sentencia única que resuelve todos los asuntos, haciendo improcedente la vía del juicio de amparo.
Registro digital: 2031448 / Tesis: I.5o.C.212 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Improcedencia de considerar sujetos obligados como autoridad responsable en Derecho de Réplica.
La ley otorga al sujeto obligado, como medio de comunicación o productor de información, la facultad de decidir sobre la publicación de la réplica, colocándolo en posición privilegiada frente al solicitante. Sin embargo, si el sujeto obligado no responde u omite pronunciarse, el particular puede controvertir la omisión ante la autoridad jurisdiccional y acreditar el cumplimiento de los requisitos de la réplica. Por ello, la decisión final sobre la procedencia de la réplica corresponde al órgano jurisdiccional, y la negativa u obstaculización del sujeto obligado no constituye un acto de autoridad para efectos del juicio de amparo.
Registro digital: 2031449 / Tesis: I.4o.C.62 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Los requisitos para vender judicialmente un inmueble en juicio sucesorio: necesidad y protección de la herencia.
Según el artículo 1717 del Código Civil para la Ciudad de México, la persona albacea puede autorizar la venta de bienes hereditarios solo para pagar deudas del causante o gastos urgentes de conservación y administración de la masa hereditaria. El simple adeudo de impuesto predial no justifica la venta. Por ello, el órgano jurisdiccional debe valorar factores como la propiedad del bien, la urgencia, los frutos civiles, la liquidez de la herencia, la capacidad económica de la albacea o herederos y el monto del crédito fiscal, asegurando que la venta sea necesaria y razonable para evitar daño o perjuicio al patrimonio de los herederos.
Registro digital: 2031454 / Tesis: I.4o.C.57 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
La falta de fondos invalida el cheque como medio de pago, aunque no se cobre.
Según los artículos 176, 178 y 179 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el cheque es una orden incondicional de pago pagadera a la vista y funciona como sustituto del dinero, por lo que las operaciones realizadas con él se consideran al contado. Para que un cheque pueda fungir como instrumento de pago de una obligación civil, debe contar con fondos suficientes al momento de su uso. Por ello, la falta de cobro por parte del beneficiario no elimina el hecho de que un cheque sin fondos no cumple su función de pago.
Registro digital: 2031450 / Tesis: I.5o.C.211 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
El pago de rentas en acción reivindicatoria se limita al responsable de la ocupación.
La acción reivindicatoria busca que el propietario recupere un inmueble perdido por actos de un tercero, incluyendo sus frutos o el pago de rentas como compensación por las ganancias dejadas de percibir. La legitimación activa corresponde al propietario, y la pasiva a quienes poseen el bien, sea de forma originaria, derivada o como simples detentadores. No obstante, la condena al pago de rentas solo alcanza a quien provocó la ocupación ilegal, excluyendo a poseedores derivados que desconocían la ilegalidad, incluso si ocuparon el bien mediante arrendamiento del poseedor originario.
Registro digital: 2031453 / Tesis: VII.2o.A.20 A (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
El consentimiento tácito valida prestación de servicios solicitados por la autoridad.
Conforme a los artículos 1729 y 1736 del Código Civil y la Ley de Adquisiciones de Veracruz, los contratos se perfeccionan por consentimiento expreso o tácito. Aunque los contratos de prestación de servicios tenían vigencia definida sin cláusulas de renovación ni nuevo instrumento, la continuidad de la solicitud de servicios por parte de la autoridad y la prestación y facturación conforme a lo pactado originalizó el consentimiento tácito de ambas partes, perfeccionando así el acuerdo contractual bajo los mismos términos.
Registro digital: 2031458 / Tesis: I.4o.C.49 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Los criterios legales para calcular indemnización por afectación a la imagen.
El artículo 216 bis de la Ley Federal del Derecho de Autor distingue entre el primer párrafo, que se aplica a “productos o prestaciones originales” en violaciones autorales, y el segundo párrafo, que permite al Juez fijar la reparación del daño material en casos que no encajan en el primero. En situaciones de uso no autorizado de la propia imagen, que no es un derecho autoral, los conceptos del primer párrafo no son aplicables, evitando confusiones como cuantificar solo un porcentaje del ingreso de la imagen o confundir la obra completa con el ejemplar que la contiene. Por ello, la cuantificación del daño material por utilización indebida de la imagen se realiza bajo el segundo párrafo, considerando los hechos específicos de cada caso.
Registro digital: 2031457 / Tesis: VII.2o.A.16 A (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Cuando un ejido administra y distribuye el recurso hídrico dentro de su ámbito territorial o circunscripción, debe garantizar el suministro de agua.
Los ejidos que administran agua potable no pueden suspender ni negar el servicio arbitrariamente, pues tienen la obligación constitucional y convencional de garantizar el derecho humano al agua de los habitantes de su comunidad.
Registro digital: 2031460 / Tesis: I.4o.C.52 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Los establecimientos comerciales tienen la carga de justificar la idoneidad y eficacia de las medidas de seguridad utilizadas, para excluir o modular su responsabilidad cuando son demandados por un hecho dañoso.
Los establecimientos comerciales deben adoptar medidas razonables y adecuadas para garantizar la seguridad e integridad personal de sus consumidores. La carga de justificar la idoneidad y eficacia de esas medidas recae en el establecimiento, para excluir o modular su responsabilidad en caso de hechos dañosos.
Registro digital: 2031461 / Tesis: I.5o.C.13 K (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
La falta de coincidencia entre el expediente físico y electrónico en el juicio de amparo constituye una violación procesal para la parte que no optó por el juicio en línea.
En amparo, cuando una parte no opta por el juicio en línea, debe garantizarse que el expediente físico y electrónico coincidan plenamente. De lo contrario, se incurre en una violación procesal que afecta el derecho de defensa.
Registro digital: 2031464 / Tesis: I.4o.C.61 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Contra la autorización de venta judicial de un inmueble afecto a un juicio sucesorio intestamentario procede el amparo indirecto cuando se promovió con motivo de un crédito fiscal fincado a la masa hereditaria.
La negativa de autorización de venta judicial en un juicio sucesorio intestamentario, cuando busca cubrir un crédito fiscal, sí constituye un acto de imposible reparación, pues pone en riesgo la conservación del patrimonio hereditario. En consecuencia, el amparo indirecto es procedente.
Registro digital: 2031466 / Tesis: VII.2o.A.17 A (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
La acreditación del interés jurídico en el amparo cuando se reclama la omisión de las autoridades ejidales de suministrar agua potable es susceptible de realizarse mediante documentos informales.
El interés jurídico en amparo contra omisiones de ejidos puede acreditarse con documentos informales, siempre que reflejen la relación de hecho con el servicio reclamado. La falta de informe justificado de la autoridad refuerza la presunción de validez de dichos documentos.
Registro digital: 2031467 / Tesis: I.22o.A.5 K (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
El artículo 7 de la Ley de Amparo establece una regla de procedencia restrictiva del amparo promovido por personas morales oficiales.
El acceso de las personas morales oficiales al juicio de amparo es excepcional y restrictivo. No puede ampliarse por interpretación extensiva ni por consideraciones de interés público, ya que ello desnaturalizaría el propósito del amparo como garantía de los derechos humanos de los particulares.
Registro digital: 2031468 / Tesis: VII.2o.C.75 K (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
No se actualiza un motivo manifiesto e indudable de improcedencia cuando se impugna sólo el requerimiento a la CNBV para recabar información bancaria, desvinculado de las medidas cautelares previstas en el código de comercio.
El acceso a información bancaria ordenado por un juez no es una providencia precautoria, sino un acto autónomo que puede afectar derechos de privacidad. En consecuencia, el amparo indirecto es procedente sin necesidad de agotar previamente el recurso de apelación.
Registro digital: 2031480 / Tesis: I.5o.C.207 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
La prueba pericial en genética no debe ordenarse irrestrictamente su desahogo para establecer la filiación de una persona nacida mediante gestación por sustitución en el juicio de amparo.
La filiación en gestación por sustitución no depende exclusivamente del ADN, sino de un análisis integral de pruebas y, en su caso, de la voluntad procreacional de quienes buscan ser reconocidos como padres.
Registro digital: 2031479 / Tesis: I.5o.C.208 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
El auto que admite la demanda de amparo indirecto relacionada con el establecimiento de la filiación de una persona nacida mediante gestación por sustitución no es el momento oportuno para valorar la necesidad de desahogar la prueba pericial en genética.
La prueba genética solo debe ordenarse cuando exista duda sobre el vínculo biológico o cuando no haya pruebas suficientes para acreditarlo. Por eso, al admitir la demanda de amparo no es el momento adecuado para decidir sobre su necesidad, ya que durante el juicio las partes aún pueden aportar otros medios de prueba.
Registro digital: 2031493 / Tesis: VII.2o.A.19 A (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Los testigos de publicidad en formato digital constituyen un medio probatorio válido para acreditar la difusión de contenidos.
Los testigos de publicidad en formato digital son un medio de prueba válido para acreditar la prestación de servicios de difusión contratados con el gobierno, siempre que los archivos sean íntegros, accesibles y contengan información objetiva y verificable.
Registro digital: 2031492 / Tesis: I.4o.C.59 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Las fechas de adquisición del inmueble y de la constitución de la garantía hipotecaria constituyen una cuestión de fondo que debe resolverse en sentencia definitiva y no en el auto inicial.
La admisión de la tercería excluyente se basa únicamente en requisitos formales establecidos por la ley procesal. Analizar si el derecho de dominio del tercerista prevalece sobre la hipoteca requiere estudiar el fondo del asunto, lo cual debe hacerse en la sentencia definitiva, permitiendo a las partes ofrecer pruebas y defenderse.
Registro digital: 2031489 / Tesis: I.4o.C.50 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Procede la suspensión definitiva contra la providencia cautelar que ordena al acreedor de una carta de crédito standby irrevocable abstenerse de ejecutarla.
Procede otorgar la suspensión definitiva contra una medida cautelar que impide ejecutar una carta de crédito standby, porque dicha carta es un instrumento de pago inmediato y la medida cautelar restringe temporalmente el derecho del acreedor, afectando la eficacia de la garantía y dándole apariencia de buen derecho para obtener la suspensión.
Registro digital: 2031488 / Tesis: XXII.2o.A.C.7 A (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
Procede la devolución del pago de los servicios de salvamento, arrastre y depósito de vehículos cuando se declara la nulidad del acto que los generó.
Cuando se declara la nulidad lisa y llana de una infracción de tránsito a través del juicio de nulidad, procede la devolución de los pagos realizados por salvamento, arrastre y depósito del vehículo, pues son consecuencias directas del acto declarado nulo.
Registro digital: 2031484 / Tesis: I.4o.C.51 C (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
La responsabilidad civil extracontractual subjetiva de establecimientos comerciales se determina mediante la identificación de la actividad que la origina y el estándar de diligencia profesional exigible.
La responsabilidad civil subjetiva se atribuye cuando, dada la naturaleza riesgosa de la operación comercial y la presencia de factores previsibles, no se adoptaron medidas idóneas para evitar, controlar o disminuir dichos riesgos, o incluso se agravaron.
Registro digital: 2031486 / Tesis: I.20o.A.99 A (11a.)
Tesis Aislada Tribunales Colegiados de Circuito
No procede decretar el sobreseimiento del juicio de amparo cuando se reclaman violaciones a los derechos a la vida, a la integridad o a la salud por motivo del fallecimiento del quejoso.
El fallecimiento de la persona quejosa durante el trámite del amparo no obliga al sobreseimiento automático cuando el acto reclamado involucra alegadas violaciones a los derechos a la vida, a la integridad o a la salud, atendiendo a los principios pro persona y pro actione.
Publicación preparada por Daniel Majewski del Castillo, Zusel Soto Vilchis, José Alejandro Krause Marún, Karla Mishelli Tapia Santos, Carla Itzel Rincón Guerrero y David Fernando Santos Mejía.




Viernes de Tesis – 7 de noviembre – Semanario Judicial de la Federación